Grupo Plenitud

Planes
Meshada

Tu familiar recibirá un respaldo económico
en cuotas mensuales durante 10 años, garantizando su bienestar en los momentos más difíciles.

Con el Plan

Meshada

Le puedes asegurar a tu familia una mayor independencia financiera en caso de fallecimiento o incapacidad total y permanente (ITP) por accidente, protegiéndolos del fuerte impacto económico que esto podría ocasionar.

Este plan complementa los beneficios del Sistema de Seguridad Social y fortalece la seguridad económica que tanto tú como tus seres queridos necesitan. En caso de un evento accidental, tu familia recibiría un Ingreso mensual adicional por 120 meses para cubrir esos gastos prioritarios que no pueden esperar.

    • MUERTE ACCIDENTAL
      Si a consecuencia de un accidente amparado, el asegurado fallece dentro de los 180 días siguientes al accidente, se pagará hasta la suma contratada. Se ampara el homicidio y fallecimiento accidental como consecuencia de actos terroristas donde no esté involucrado el asegurado.

 

    • INCAPACIDAD TOTAL Y PERMANENTE ACCIDENTAL
      Si a consecuencia de un accidente amparado, el asegurado queda Incapacitado Total y Permanentemente para desempeñar cualquier ocupación o empleo dentro de los 180 días siguientes al accidente, se pagará hasta la suma contratada.

 

    • DESMEMBRACIÓN ACCIDENTAL
      SBS Seguros pagará al asegurado las sumas que resulten de aplicar al valor asegurado señalado en la carátula de la póliza, si dentro de los ciento ochenta (180) días calendario contados desde la fecha del accidente en que el asegurado sufra lesiones corporales (internas o externas), estas dan lugar a una desmembración. Teniendo en cuenta los porcentajes que se listan en nuestro condicionado general.

 

  • QUEMADURAS GRAVES
    Se cubre al asegurado, como consecuencia de quemaduras de segundo y/o tercer grado dentro de los 180 días siguientes a la ocurrencia de la quemadura de acuerdo con las definiciones y sumas que se indican en el condicionado general aplicable.

Edades de
Ingreso y
permanencia

  • MUERTE ACCIDENTAL
    Edad mínima de ingreso: 18 años.
  • DESMEMBRACIÓN ACCIDENTAL
    Edad máxima de ingreso: 70 años y 364 días.
  • INCAPACIDAD TOTAL Y PERMANENTE ACCIDENTAL
    Edad de permanencia: 80 años y 364 días.